VISTO:
La necesidad de construir una sociedad con más
oportunidades y la posibilidad de avanzar hacia la integración de todos los
actores, es importante trabajar en forma conjunta, para promover y asegurar el
disfrute de los derechos de las personas con discapacidades diferentes.
CONSIDERANDO
Que, la prioridad otorgada por el estado a la atención y promoción de
personas con capacidades diferentes, requiere del funcionamiento del Concejo Municipal.
Que de acuerdo a ordenanza 1396/00, fue creado el CONSEJO MUNICIPAL para las PERSONAS con CAPACIDADES DIFERENTES.
Que
por razones que se desconocen no se ha convocado a su continuidad, de acuerdo a
lo establecido en los artículos de Ordenanza Municipal sancionada por el
Honorable Concejo Municipal con fecha 18 de octubre del año 2000.
Por ello:
Bloque de Unión Pro
Proyecto
de Resolución.
ARTICULO Nº 1:. Convóquese a todos los actores, según lo
establecido en los artículos 2, 3 y 4 de la Ordenanza Municipal 1396/00
sancionada con fecha 18 de octubre del año 2000, con el objeto de poner
nuevamente en funcionamiento el CONSEJO MUNICIPAL para las PERSONAS con CAPACIDADES DIFERENTES
por los motivos previamente expuestos.
ARTICULO Nº 2: Solicítase al Departamento Ejecutivo
Municipal, en su carácter de coordinador y principal impulsor de dicho Consejo,
que designe a los auxiliares comunales que establece el Artículo 3 de la
mencionada Ordenanza y convoque a los representantes que lo componen, a partir
de la sanción de la presente Resolución.
ARTICULA Nº 3: Comuníquese, Regístrese y Cumplido
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